La víctima del delito en el sistema acusatorio y oral / Edmundo Román Pinzón
Idioma: Español Detalles de publicación: México : Flores Editor y Distribuidor, 2012Descripción: 311 p, ; 23 x 17 cmISBN: 9786077799924Tema(s): Víctimas de delitos -- Condición jurídica, leyes, etc. -- México 2.Derecho procesal -- MéxicoClasificación CDD: 345 Clasificación LoC:KGF5935 | R766vTipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Libros | CHALCO | Colección General | 345 R766v (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | CHL000121 | |
Libros | CHALCO | Colección General | 345 R766v (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 2 | Disponible | CHL000122 | |
Libros | FÓRUM UNIVERSIDAD | Colección General | KGF5935 R766v (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | FRM014112 |
Incluye, fuentes bibliográficas, fuentes hemerográficas, legislación, páginas web
1. Víctima y ofendido en la evolución del proceso penal mexicano -- 2. Reformas constitucionales del 2008 en materia penal aplicables a la víctima y ofendido por el delito -- 3. La victima u ofendido en el derecho penal -- 4. Las partes en el proceso penal mexicano -- 5. El ministro público en le proceso penal -- 6. Las garantías de la víctima u ofendido -- 7. Víctima y ofendido. parte formal en el proceso penal mexicano
Con la reforma constitucional de dos mil uno, se amplió el catálogo de garantías a favor de la víctima y del ofendido por el delito, la legislación procesal penal nacional no sufrió cambios sustanciales al respecto, pero, sobre todo, que a la víctima u ofendido, se le seguía considerando como un sujeto extraño al proceso. Me tocó presenciar el desdén con que se les trataba en los juzgados penales, no obstante que presentaban evidentes huellas o secuelas del delito (hematomas, lesiones, transportadas en sillas de ruedas o ´muletas´, por ejemplo), se les impedía participar en las audiencias del proceso en que se ventilaba su asunto En su momento, tuvimos la oportunidad de pronunciarnos sobre el alcance de dichas reformas, llegando a la conclusión de que la víctima y el ofendido pueden ser parte formal en el proceso penal y que, como tales, tienen derechos procesales plenos. Sin embargo, por la naturaleza de los trabajos (sentencias y autos) en que se plasmó dicho punto de vista, no fue posible ahondar lo suficiente sobre las razones que lo sustentaban
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