Estándares de las medidas provisionales en la Corte Interamericana de Derechos Humanos / Alexandra Sandoval Mantilla
Tipo de material: TextoIdioma: Español Series Col . Sistema Interamericano de Derechos HumanosDetalles de publicación: México : CNDH, 2015Descripción: 72 p. ; 21 x 14 cmISBN: 9786077290513; 9786078211067Tema(s): Derechos humanos - América LatinaClasificación CDD: 341.48 Recursos en línea: Haga clic para acceso en líneaTipo de ítem | Biblioteca actual | Colección | Signatura | Copia número | Estado | Notas | Fecha de vencimiento | Código de barras |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Libros | CHALCO | Colección General | 341.48 S218e (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 1 | Disponible | Reimpresión 2015 | CHL001467 | |
Libros | CHALCO | Colección General | 341.48 S218e (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 2 | Disponible | Reimpresión 2015 | CHL001468 | |
Libros | CHALCO | Colección General | 341.48 S218e (Navegar estantería(Abre debajo)) | Ej. 3 | Disponible | Reimpresión 2015 | CHL001469 |
Incluye índice
1. Introducción -- 2. Presupuestos procesales 3. Requisitos de admisibilidad para la adopción de las medidas -- 4. Tipos de medidas concedidas por la Corte Interamericana -- 5. Supervisión de las medidas provisionales -- 6. A manera de conclusión -- 7. Fuentes consultadas
La Corte Interamericana o el Tribunal es principalmente reconocida dentro de la región por las sentencias emitidas en el marco de su función contenciosa, mediante las cuales se han conocido casos emblemáticos dentro de los países que han aceptado la jurisdicción de la Corte, pero también se han desarrollado estándares de derechos humanos que han repercutido en la aplicación del derecho interno de los Estados Parte, como por ejemplo la prohibición de amnistías, el control de convencionalidad o la jurisdicción penal militar. No obstante, la Corte tiene otras dos funciones, la función consultiva6 y la adopción de medidas provisionales, que si bien no tienen el impacto mediático que las sentencias del Tribunal pueden generar, sí conllevan efectos claros tanto en la protección y garantía de los derechos humanos de las personas bajo la jurisdicción de los Estados, como en la determinación de los alcances y aplicación de dichos derechos.
C21